Trabajo plantea a patronal y sindicatos una reducción gradual de las cotizaciones sociales entre junio y agosto. Habrá duras sanciones para las empresas que no mantengan la plantilla.

El Gobierno planteó ayer a la patronal y los sindicatos la posibilidad de prorrogar hasta agosto los expedientes de regulación temporal de empleo, manteniendo la exoneración de cotizaciones sociales hasta agosto. Es decir, en principio, dos meses de la vuelta a la normalidad tras el combate al coronavirus. Eso sí, esto se haría de forma gradual, entre los meses de julio y agosto, y la cuantía debería acordarse en la mesa de diálogo social. Actualmente, las empresas de menos de 50 trabajadores, acogidas a un expediente de regulación de empleo (ERTE) como consecuencia de la epidemia del coronavirus no tienen que pagar las aportaciones empresariales a la Seguridad Social. Las sociedades con un número mayor de trabajadores pueden exonerarse el 75% de las cotizaciones sociales.

Así se recoge en la propuesta que el Ministerio de Trabajo y de Economía Social planteó a las patronales CEOE y Cepyme y a los sindicatos CCOO y UGT. Por lo tanto, el Gobierno, de facto, propone prorrogar los ERTE hasta agosto, con sus ventajas, si así lo necesitan las empresas. En líneas generales, el Ejecutivo plantea varias etapas para continuar las medidas que intentan preservar las empresas y sus empleos, frente a la grave recesión que han producido las decisiones del Gobierno para intentar frenar la pandemia del coronavirus. Así, el Ejecutivo concede la prórroga automática de los ERTE por causa de fuerza mayor hasta la vuelta a la normalidad. Si todo sale bien, España entrará en esa fase a finales de junio.

En una segunda fase, el Gobierno está dispuesto a conceder una prórroga posterior a las actividades y sectores que estime que así lo necesitan. El Ministerio de Trabajo publicará una orden con estos sectores, veinte días después del Consejo de Ministros del próximo martes 5 de mayo, que aprobará la prórroga de los ERTE que negocia con la patronal y los sindicatos.

Informar a Trabajo

Precisa que las empresas deben informar en todo momento a la autoridad laboral de la plantilla, o de la parte de la misma, que puede excluir del ERTE y, por lo tanto, puede reincorporar al trabajo.

Además, el Gobierno puntualiza que, en el periodo de consultas, una empresa necesita el acuerdo con los sindicatos para convertir un ERTE por fuerza mayor, como consecuencia del coronavirus, en otro por causas objetivas. Es decir, por razones económicas, tecnológicas, organizativas y de producción. Esto es algo que no gusta a la patronal CEOE, que reclama la conversión automática de un expediente por fuerza mayor en uno de causas objetivas, para no negociar con los sindicatos. Bien es verdad, que, con la rebaja de las cotizaciones sociales, el Gobierno acepta en parte una de las condiciones de los empresarios. En parte, porque CEOE y Cepyme desearían extender la exoneración de cotizaciones sociales hasta finales de año.

En todo caso, el Gobierno acepta una propuesta de los sindicatos cuando permite que puedan seguir beneficiándose de las prestaciones por desempleo los trabajadores que no tienen el periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social para poder tener el derecho a la cobertura del paro. Es decir, un periodo mínimo de un año.

En materia de protección del empleo, también, el Gobierno sostiene la obligación de las empresas que se acojan al ERTE de mantener la plantilla que tenían cuando solicitaron ayuda hasta seis meses después de que hayan terminado el expediente y sus prórrogas. Ésta es una propuesta del Gobierno que la mayoría de los empresarios considera imposible de cumplir. Lo que desearían CEOE y Cepyme es poder recuperar a los trabajadores en el ERTE a medida que los necesitan, porque mejora la situación de la sociedad. O poder despedirlos, si la empresa no los necesita.

Pero el Gobierno se mantiene firme en “prohibir el despido” y la interrupción de los contratos temporales vigentes a las empresas que se acojan a un ERTE. Al menos, durante un periodo que está dispuesto a negociar.

Sanciones

En todo caso, el incumplimiento del compromiso de empleo supondrá para la empresa la devolución a la Seguridad Social de todas las cotizaciones sociales que haya dejado de pagar durante el ERTE y su prórroga. Ítem más, la sociedad también tendrá que devolver al Servicio Público de Empleo la cuantía de las prestaciones abonada a sus trabajadores con suspensión de contrato durante el ERTE.

Además, las empresas que se acojan a las medidas puestas en marcha por el Gobierno y, por tanto, con la utilización de dinero público, tendrán que cumplir dos condiciones adicionales de carácter fiscal. La primera es que las compañías no podrán tener su sede en “territorios considerados paraísos fiscales”. La segunda condición es que las empresas no podrán repartir dividendos hasta un año después de terminado el ERTE. Ni por fuerza mayor ni por causas objetivas.