Regulación de las condiciones laborales de los repartidores autónomos y asalariados de las plataformas digitales.

El Gobierno está dispuesto a regular de una vez por todas las condiciones laborales de los autónomos y de los asalariados de las llamadas plataformas digitales. De empresas como Uber, Deliveroo, Airbnb o cualquier otra que funciona en nuevos modelos de negocio telemáticos. Por esta razón, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha comenzado a elaborar un proyecto de ley para regular las condiciones laborales en este tipo de actividad.

El Ejecutivo se propone implantar “la garantía de un salario cuyo suelo viene determinado por una norma legal”. Con ello, Trabajo avanza su intención de, cuanto menos, equiparar estos trabajadores al Salario Mínimo Interprofesional, que este año es de 950 euros mensuales. Si bien, un convenio del sector podría elevar el suelo retributivo por encima del SMI.

El documento de intenciones que ha elaborado Trabajo sobre el futuro proyecto de ley de regulación laboral de las plataformas digitales, menciona “el ejercicio de los derechos colectivos con las garantías de indemnidad precisas”. El Departamento de Yolanda Díaz avanza así la necesidad de regular convenios y de indemnizar al trabajador por despido. “Los derechos asociados a la extinción de los contratos de trabajo”.

El futuro proyecto intentará acabar, o reducir, la profusión de sentencias de todo tipo sobre si estos trabajadores son asalariados o autónomos. O, incluso, en algunos casos son considerados como falsos autónomos. Es decir, cuando el trabajador tiene que pagarse la Seguridad Social, pero está sometido a la disciplina de la empresa. Precisamente, Trabajo quiere “evitar el uso desproporcionado de soluciones judiciales, a veces contradictorias, con la inseguridad jurídica y la desprotección que esto genera para las personas trabajadoras afectadas”.

Indemnización

Por estas razones, en muchos casos, la empresa ha prescindido del empleado sin abonarle una indemnización por despido. Como en el caso del teletrabajo, el Gobierno se plantea regular “un tiempo de trabajo máximo junto a periodos mínimos de descanso”, lo que incluye las jornada laborales. El Ejecutivo sostiene “la necesidad de articular de manera segura la protección de los trabajadores, aun cuando puedan prestar servicios de un modo que se aparta del tradicional”. Es decir, que tienen “una labor esporádica o intermitente, sin un lugar físico determinado, sin jornada ni horario preestablecido y con una retribución por hora de trabajo”. Trabajadores que “están sometidos al control de la prestación, a un poder informático y tecnológico de nivel superior sobre los procesos y resultados”.

Por lo tanto, el Departamento de Yolanda Díaz asegura categórico que “los nuevos modelos de negocio telemáticos deben estar sometidos a las mismas reglas que los modelos de negocio clásico”. Lo que podríamos llamar la equiparación entre los dos modelos, mediante la aplicación de las mismas normas laborales.