Celebración de juntas de accionistas y de consejos de administración totalmente telemáticos.

La celebración de juntas de accionistas y de consejos de administración totalmente telemáticos y sin presencia física de los accionistas o los administradores de la sociedad –algo que legalmente solo ha sido posible por el estado de alarma– seguirán estando permitidas durante todo este año.

Después, el Gobierno cambiará la ley de Sociedades de Capital para que lo que ha sido una excepcionalidad continúe en el tiempo como algo habitual. Así lo recogía ayer el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes para hacer frente a la crisis sanitaria del Covid-19.

Esta norma, conocida como el decreto de la nueva normalidad, es la que servirá de soporte legal para continuar con las medidas excepcionales adoptadas durante el estado de alarma una vez que este decaiga, el 21 de junio, cuando se agote su última prórroga. Entre esas medidas están las que afectaban a la celebración de juntas de accionistas y los consejos. Por medidas de seguridad sanitaria, el Gobierno flexibilizó al máximo los plazos de las juntas y su formato.

No hay tiempo

Según el Real Decreto-ley publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), hay que seguir extendiendo “más allá de la finalización del estado de alarma las cautelas de distanciamiento social que han permitido la contención de la pandemia”.

Dado que “no resulta posible la tramitación legislativa ordinaria de una modificación de la Ley de Sociedades de Capital”, el decreto publicado ayer introduce una disposición final cuarta para permitir, hasta el 31 de diciembre de este año, que “las sesiones de los órganos de gobierno y de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles […] puedan celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple”.