INSPECCIONES/ La Agencia Tributaria promueve una reforma que permita mantener las entradas sin aviso, un cauce intermedio entre la vía penal y los preavisos que exige el Supremo, que ve “ineficaces”.

 

La Agencia Tributaria (AEAT) seguirá entrando en los domicilios fiscales de las empresas sin aviso. Así lo planteó ayer el director de la AEAT, Jesús Gascón, durante la clausura del XXX Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), al ser preguntado por la sentencia del Tribunal Supremo que falló que Hacienda no puede acceder al domicilio de una empresa “para ver qué encuentra”.

Cuestionado por el mismo asunto, Gascón apuntó en el Congreso el 5 de noviembre que el Supremo “ha puesto el problema encima de la mesa” y ha dicho que hay que ver la normativa y encontrar la solución más oportuna. Por ello, indicó a los diputados que hay una “tarea por delante” que se tendrá que ver “enseguida” y “probablemente” tengan que abordar legislativamente los parlamentarios.

El director de la AEAT concretó ya ayer que se ha abierto un debate interno para buscar un “cauce intermedio” entre la vía penal y los preavisos, ya que estos últimos pueden suponer “destrucción de pruebas”, ser “ineficaces” y generar “frustración” e indignación en la opinión pública si se descubre que no se puede actuar pese a la existencia de pruebas motivadas en algunas de las “miles” de denuncias que reciben, por lo que apuntó que se llevará a cabo un cambio normativo para poder seguir haciéndolo.

En este sentido, Hacienda proyecta incluir una enmienda en la Ley de Lucha contra el Fraude para blindar las entradas sin previo aviso. Se trataría de una reforma del artículo 113 de la Ley General Tributaria (LGT) que permita sortear el cuestionamiento del Supremo. Con esta vía, Hacienda evita promover una reforma de calado en un asunto en el que entran en juego derechos fundamentales. Esquivaría así el cuestionamiento que podría venir por parte del Consejo de Estado y del CGPJ y no iría tampoco en una ley orgánica.

El TS estipula que el auto de autorización judicial del registro debe estar conectado con la existencia de un procedimiento inspector abierto y cuyo inicio se haya notificado al inspeccionado, como exigen los artículos 113 y 142 de la LGT. La reforma que promueve Hacienda pasa por aclarar el artículo 113 de forma que permita la entrada en las labores preparatorias de la inspección, antes de iniciarla.

Gascón indicó ayer que “no hay debate” respecto a que si una actuación no está lo suficientemente motivada, no se puede producir la autorización judicial. Defendió que la vía penal “tiene que ser el último recurso” y priorizarse la administrativa y reconoció que “las entradas basándose en las estadísticas y medias de facturación del sector”, como la que ha tumbado el TS, “no son razonables”. En defensa de los registros, Gascón cifró el importe medio de las actuaciones inspectoras con autorización judicial en domicilios fiscales en 500.000 euros, incluyendo personas físicas y jurídicas (el 97% de los casos), un importe mayor que en las actuaciones ordinarias y fruto de actuaciones como la apertura de cajas fuertes o el descubrimiento de un software de contabilidad B. Una vez practicada la regularización, en torno a un 85% de los expedientes el contribuyente ha firmado un acta de acuerdo o de conformidad. Por último, detalló que la AEAT realiza comprobaciones “crecientes” de cambios de domicilio a petición de las CCAA.

 

Fuente: Expansión