La junta directiva de la asociación de autónomos ATA (integrada en la CEOE) ha dado esta madrugada «el visto bueno» al acuerdo con el Ministerio de Inclusión para cambiar el sistema de cotización de los trabajadores por cuenta propia hacia uno por ingresos reales.

 

Tras más de nueve meses de negociaciones, Gobierno, agentes sociales y asociaciones de autónomos han pactado una reforma que recoge una subida progresiva de las bases de cotización al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) desde 2023 y hasta 2025 en 15 tramos según los ingresos

La última propuesta fija para 2023 una cuota de 230 euros al mes, 7 euros menos que en la anterior, para los autónomos con rendimientos inferiores a 670 euros netos. En 2024, la cuota bajará a 225 euros y se reducirá a 200 euros en 2025.

Las cuotas van en aumento hasta los 500 euros mensuales para el tramo máximo, en el que se encuentran los trabajadores por cuenta propia con ingresos netos mensuales superiores a 6.000 euros. Las cuotas también se irán ajustando en 2024 y 2025 ascendiendo los importes máximos de cotización a 530 euros y 590 euros, respectivamente.

El Gobierno también ha aumentado las posibilidades de que los autónomos puedan acogerse a su régimen de protección por desempleo, conocido como cese de actividad. El empresario con asalariados podrá tener esta protección si la totalidad de la plantilla tiene una reducción de jornada del 60%. Hasta ahora se requería que la reducción de la jornada fuese del 75%. O bien, otra forma de que el autónomo pueda acogerse a la protección por desempleo es que el 60% de la plantilla esté con suspensión de empleo.

Los autónomos sin trabajadores también podrán acogerse a la protección por desempleo. Los autónomos que no tengan trabajadores también podrán acogerse al cese de actividad, cuando abonar sus deudas a los acreedores suponga una reducción de ingresos del 60% durante dos trimestres consecutivos respecto a los mismos periodos del año anterior. En este caso no se computarán las deudas que el empresario/trabajador tenga con la Seguridad Social o la Administración Tributaria. Es más, durante el cobro de la prestación, el autónomo podrá mantener el establecimiento abierto o venderlo a terceros.

El colectivo también podrá acogerse al nuevo mecanismo RED, de protección de las empresas y de los trabajadores. Tanto en el caso de una crisis cíclica como sectorial. El beneficiario quedará exento de pagar el 50% de la cotización a la Seguridad Social. En el caso de los autónomos con trabajadores, para acogerse al mecanismo RED será necesario que, al menos, afecte al 75% de la plantilla. Igualmente, será del 75% la caída de los ingresos durante dos trimestres consecutivos respecto al mismo periodo del año anterior.

Respecto a la tarifa plana, entre 2023 y 2025, las personas que inicien una nueva actividad podrán cotizar durante el primer año 80 euros a la Seguridad Social. Es decir, 20 euros más que ahora, en lo que se conoce como la tarifa plana. A partir de 2026, los Presupuestos Generales del Estado fijarán esta cuota anualmente.

 

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