Los autónomos societarios pueden ahorrarse más de 800 € anuales en 2023 con la reforma de las cuotas.

 

Los autónomos societarios, como cualquier trabajador por cuenta propia, también tendrán que cotizar por ingresos reales a partir de 2023. A diferencia los autónomos no societarios, tendrán una base de cotización mínima que ha quedado fijada en 1.000 euros al mes. Esto supone que, en los próximos tres años, pagarán una cuota mínima inferior a la actual, siendo de 310  euros al mes en 2023. Actualmente, los autónomos societarios pagan 377,84 euros al mes de cuota mínima a la Seguridad Social, lo que podría suponer un ahorro anual de 814,08 euros durante 2023. Para los ejercicios 2024 y 2025, la base de cotización se establecerá en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. A partir de 2026, pasarán a formar parte del grupo 7 de cotización del Régimen General (Auxiliares administrativos en la actualidad), donde se fijará su base de cotización.

En lo referente a su cuota, se calculará exactamente igual que la de un autónomo persona física, es decir, en base a sus rendimientos se acogerá a un tramo de cotización u otro, teniendo siempre como base mínima los 1.000 €. La diferencia respecto a los autónomos no societarios radica en que, a la hora de calcular los rendimientos netos, éstos podrán deducirse un 7% en concepto de gastos no justificables, mientras que los autónomos societarios sólo podrán deducirse un 3%. Esta diferencia se justifica en la posibilidad de que la sociedad pueda deducir más gastos que el trabajador por cuenta propia, con un régimen tributario que, en ocasiones, limita la tipología de los gastos deducibles y/o su cuantía.

Además de lo mencionado, desde el año 2020 se les reconoció a los autónomos societarios el derecho de acogerse a la Tarifa Plana estatal, bonificación que estaba reservada, con anterioridad a ese año, tan sólo a los trabajadores por cuenta propia o desempleados, que se dieran de alta como autónomos no societarios.

Para efectuar el cálculo de la cuota de autónomo societario para 2023, habrá que cuantificar los rendimientos netos que se prevén obtener a lo largo de todo el año, prorrateándolo por meses y cotizar en base a dicho importe, según el tramo de la tabla de cotizaciones que corresponda.

 

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