Resolución de la Dirección General de Tributos (DGT) a una consulta vinculante.

 

La indemnización por extinción del contrato percibida por un trabajador fijo por expiración del tiempo convenido o por finalización de obra no está exenta de IRPF. Así lo establece la Dirección General de Tributos (DGT) en una consulta vinculante. A su juicio, no se encuentra amparada por el ámbito de la exención recogida en el artículo 7.e).

 

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