COMERCIO, OCIO, HOSTELERÍA Y TURISMO/ Tendrán hasta dos años de plazo para devolver las mensualidades atrasadas.

Los comercios, hoteles, bares y restaurantes que operan en espacios alquilados al fin tienen un alivio para hacer frente a sus rentas. El Gobierno permitirá que soliciten a sus propietarios retrasos en el pago de hasta cuatro meses, que podrán devolver en un plazo de entre uno y dos años. El objetivo es “minimizar el impacto económico y facilitar que la actividad se recupere en cuanto empiece a remitir esta situación de emergencia”, explicó ayer la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, que el lunes ya adelantó esta medida, entre otras de apoyo a los sectores más golpeados.

El Consejo de Ministros aprobó ayer un nuevo paquete de ayudas a profesionales y empresas que permite el aplazamiento del pago de las rentas para locales comerciales, de ocio, hostelería y turismo. Es decir, los establecimientos que más están sufriendo las consecuencias del confinamiento, que más cambios tendrán que afrontar para adecuar sus espacios a la nueva normalidad, y que más tardarán en recuperarse.

Casi cuarenta días después de haber bajado la persiana, más de 222.000 profesionales de los sectores más golpeados todavía tenían que hacer frente al coste fijo que supone pagar el alquiler de sus locales. Ya fuera detrás de la recepción de un hotel, de la barra de un bar, del mostrador de una mercería o de un gimnasio, el parón de actividad podría suponer que muchos negocios cierren para siempre. Sólo en comercio, la Confederación Española ha avisado de que la mitad de los negocios están abocados al cierre.

Hasta ahora, las medidas de ayuda para hacer frente a estas mensualidades estaban destinadas sólo al alquiler de vivienda habitual. Y como ocurrió con esas ayudas, esta nueva medida para locales varía en función de quién es el propietario del inmueble.

Si el propietario del espacio alquilado es una empresa, una entidad pública o un “gran tenedor” (más de 10 inmuebles urbanos en propiedad, sin contar garajes o trasteros), el comerciante, hotelero, hostelero… que haya alquilado el espacio podrá pedirle un aplazamiento en el pago de las rentas. Esta moratoria tendrá que aplicarse de forma automática, y los profesionales tienen un mes de plazo para solicitarla. Aunque el decreto señala que los retrasos podrán durar mientras haya estado de alarma y durante los meses siguientes, lo cierto es que sí establece un límite máximo: el retraso en los pagos no podrá aplazarse más de cuatro meses. El profesional tendrá dos años para devolver sin intereses el importe de esos meses atrasados.

Si el arrendador del local es un pequeño propietario, el profesional puede pedir un aplazamiento “temporal y extraordinario”, y podrá hacer uso de la fianza para afrontar el pago de la renta (y tendrá un año de plazo para reponer la fianza). Curiosamente, aunque el decreto habla de temporalidad, la información difundida ayer no dejaba claro cuál es el máximo de meses en los que el profesional puede retrasarse en el pago, y que en el caso de que el propietario sea una empresa sí se establece.

 

Fuente: Expansión.