PRÓRROGA DE LA COBERTURA DEL DESEMPLEO HASTA EL 31 DE MAYO/ La Seguridad Social rebaja del 75% al 50% la caída de la facturación exigida para tener la protección del paro en la crisis del coronavirus.

 

A partir del 1 de febrero, para tener esta prestación el beneficiario deberá acreditar que en el primer semestre de 2021 ha tenido una reducción de los ingresos “computables fiscalmente” de su actividad de más del 50% en relación con el segundo semestre de 2019.

La Seguridad Social establece la comparación de los ingresos entre la primera mitad de 2021 y la segunda de 2019, porque en 2020 la caída de la facturación entre los autónomos fue muy notable. Todo ello debido a la grave crisis económica que ha causado la epidemia del coronavirus.

De esta manera, aumentará el número de autónomos que este año podrán acogerse de manera extraordinaria al cese de actividad. En principio hasta el 31 de mayo, que es la prórroga establecida por el Ejecutivo para mantener las medidas de apoyo a los autónomos y a los expedientes de reducción temporal de empleo (ERTE) en las empresas.

Precisamente, los autónomos esperan que con esta propuesta de reducir la pérdida de facturación que debe acreditar el autónomo para poder tener derecho al desempleo los beneficiarios por esta razón pasen de 350.000 a 700.000.

La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Es decir, 944,40 euros mensuales. A esta cuantía se le aplica el tipo de cotización del 30%. No obstante, cuando convivan en un domicilio dos o varios perceptores de la prestación a cada uno le corresponderá el 40% de la base mínima de cotización. Por lo tanto, en el primer caso, el beneficiario cobrará 472 euros mensuales, y en el segundo, con más de un familiar con el cese de actividad, 377,76 euros mensuales.

El beneficiario podrá cobrar la renta a partir del 1 de febrero y, en principio, hasta el 31 de mayo. Esta prestación será compatible con la percepción de ingresos como trabajador por cuenta ajena, siempre y cuando la renta sea inferior a 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional. Es decir, que la retribución, en este caso, no puede ser superior a 1.187 euros mensuales. Por lo tanto, en este punto la Seguridad Social ha duplicado los ingresos permitidos al autónomo que también trabaja como asalariado, mientras percibe el cese de actividad. Esta era una gran demanda del colectivo de autónomos, como resalta Eduardo Abad, secretario general de UPTA.

Como también era una demanda importante de los autónomos que puedan acogerse al cese de actividad los trabajadores de temporada. Es decir, aquellos que entre 2018 y 2019 sólo pudieron trabajar entre cuatro y seis meses. Entre otros, lo feriantes, músicos de las fiestas, circos, trabajadores del mar y de la agricultura, de la venta ambulante. Para ello, tendrán que demostrar que en la primera mitad de 2021 sus ingresos netos computables fiscalmente no superaron los 6.650 euros. Además, a partir del 1 de febrero se prorroga la protección por desempleo de todo los autónomos que ya están ahora y sigan necesitando esta cobertura. Como también se permite que se acojan quienes tengan necesidad de ingresar por primera vez.

Todo los autónomos en esta situación tendrán exoneración del pago de las cotizaciones sociales hasta el 31 de mayo. E incluso, la Seguridad Social dará por cotizado este periodo. Es una prórroga de la cobertura del desempleo de este colectivo, en coherencia con el acuerdo alcanzado por el Gobierno con la patronal y los sindicatos para extender la protección por ese periodo. Precisamente, lo previsible es que el próximo martes el Consejo de Ministros apruebe sendos reales decretos sobre estas cuestiones.

Fuente: Expansión.