3,5 Millones de contribuyentes se han visto afectados por un ERTE.

 

En estos tiempos de pandemia y crisis, muchos trabajadores se han visto en situación de ERTE viéndose suspendida su actividad laboral y percibiendo prestaciones del SEPE.

El problema de muchos de estos contribuyentes es que no pensaban que iban a tener además que tributar por los errores del SEPE en el pago de estos expedientes y tendrán que reclamárselos a Hacienda en esta campaña que dará comienzo el 07 de abril.

El IRPF es un impuesto que el trabajador tiene que abonar por los rendimientos económicos de su trabajo del año impositivo, y durante ese año, se les retiene en las nóminas un porcentaje en concepto de pago a cuenta de esta obligación y con la finalidad de no tener abonar el 100% en la declaración.

Con lo ERTES lo que ha ocurrido en este ejercicio es que el trabajador ha tenido dos pagadores, de los cuales, la empresa le ha retenido en la nómina en concepto de IRPF pero el SEPE no, con lo que estos pagos que no se han ingresado durante el año tendrá que hacerlos efectivos en la declaración de la renta.

 

EJEMPLO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA 

A un contribuyente que recibe 21.000€ de un pagador, la empresa le retiene 2.578€, que será el impuesto que acabe pagando, sin tener que presentar la declaración de la renta.

En el caso de que este contribuyente tenga dos pagadores, que reciba 16.000€ de su empresa y 5.000€  del SEPE, la empresa le retiene 859,20€ mientras que el servicio estatal de empleo le retiene 0. El resultado en su declaración será pagar 1.645€ al Fisco.

El mayor de los problemas son los errores del Sepe por los pagos indebidos en las prestaciones de los ERTES y que todavía no se han regularizado.

 

EJEMPLO ACLARATORIO DE LA AEAT

Un trabajador que haya recibido 37.000€  brutos, 30.000€ del empleador y 7.000 del SEPE por un ERTE, deberá abonar 6.686,99€.

Pero esto cambia si el SEPE comete un error y abona 5.000€ adicionales indebidamente, es decir una aportación total de 12.000€ para unos ingresos anuales de 42.000€. Entonces se abren varias posibilidades:

Si el SEPE ha regularizado esta situación y devuelto el importe en 2020, el fisco solo reclamará el IRPF de esos 7.000€ y el impuesto será los correspondientes 6.869,99€.

Sin embargo, si el reintegro no se produjo en 2020, el fisco informará al contribuyente de que tiene pendiente de hacer la devolución correspondiente, pero no la cuantificará si el servicio no ha proporcionado información sobre su cuantía.

Si el contribuyente conoce el informe puede reducir los ingresos a declarar este año, pero si no conoce el importe, o espera a que el Sepe se lo notifique, la declaración resultará a ingresar más y siguiendo el ejemplo anterior, será de unos 8.302,64€.

En este supuesto, el contribuyente de primera tendrá que abonar el tributo por exceso de rentas y luego solicitará a la AEAT la rectificación correspondiente.

 

QUÉ ACONSEJAN LOS EXPERTOS

Qualitax aconseja a los contribuyentes que revisen sus borradores minuciosamente y ante cualquier duda acudir a un asesor fiscal para que lo revisen antes de presentar la declaración.

Es preferible asegurarse al máximo de tener la cifra exacta para evitar sorpresas y liquidaciones paralelas de la AEAT.

 

 

Dpto. Fiscal – Qualitax Abogados & Consultores